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domingo, 7 de julio de 2013

Antonio Cejalvo, director general de Energía: "La calidad energética será un elemento diferenciador a la hora de adquirir una vivienda"

Fuente: elperiodico.com

El director general de Energía, Antonio Cejalvo, ha subrayado en la inauguración de una jornada informativa organizada por la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, que "el certificado energético permitirá que la calidad energética se convierta en un elemento diferenciador a la hora de adquirir o arrendar un inmueble".
"La certificación energética permite poner a disposición del ciudadano que demanda una vivienda, la información objetiva del comportamiento energético del mismo, es decir, cuanto va a consumir y por tanto cómo va a afectar a la factura energética que va a tener que pagar" ha explicado el director.
"La certificación energética nos permitirá, en este sentido, avanzar hacia un modelo de construcción más sostenible y eficiente", ha añadido. Desde el día 1 de junio, las viviendas que se pongan a la venta o alquiler deben contar con un certificado energético que recogerá información objetiva del comportamiento energético del inmueble.
Esto obedece a una Directiva Europea que obliga a que los edificios puestos en venta o en alquiler dispongan de un Certificado de Eficiencia Energética. Dicha Directiva Europea fue traspuesta parcialmente a la legislación española por el Real Decreto 42/2007 de Certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción por el que se aprobaba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción.
Con la entrada en vigor el 1 de junio de 2013 del Real Decreto 235/2013, no sólo los edificios de nueva construcción se deben calificar sino también los existentes cuando se vendan o alquilen.

Jornadas Informativas sobre el certificado energético
La Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo ha organizado diversas jornadas informativas, en las tres provincias de la Comunitat, en las que se explican las principales características de la nueva certificación energética, las herramientas que existen para la calificación de los mismos, el procedimiento de registro de los certificados en la Comunitat Valenciana y las principales actuaciones que desde la Generalitat se están desarrollando para aumentar la eficiencia energética de los edificios.
El certificado informa sobre el nivel de eficiencia energética de la vivienda en el momento actual, y además en él se incorporan recomendaciones de medidas que podrían ser adoptadas por los propietarios para mejorar la eficiencia energética de su vivienda, y con ello reducir el gasto energético. El certificado energético deberá aportarse a toda oferta, promoción o publicidad, dirigida a la venta o arrendamiento del inmueble.
El resultado del proceso se resume en una etiqueta de certificación energética, distintivo común en todo el territorio nacional. La calificación de eficiencia energética asignada al inmueble será la correspondiente a los índices de calificación obtenidos por el mismo, dentro de una escala de siete letras, que va desde la letra A (edificio más eficiente) a la letra G (edificio menos eficiente).

Registro del Certificado Energético
La Comunitat Valenciana, a través de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, ha desarrollado un registro telemático de certificados de eficiencia energética (http:\gcee.aven.es) que ofrece información pública y transparente a la ciudadanía sobre el comportamiento energético de los edificios.
El certificado tiene una validez máxima de 10 años, aunque es conveniente actualizarlo cuando se produzcan cambios sustanciales en la vivienda que puedan afectar a la calificación de la eficiencia energética.
Hay que destacar que la Conselleria también está llevando a cabo una serie de cursos de formación para atender a la demanda surgida en este nuevo ámbito de la certificación energética de edificios, destinados a los profesionales del sector de la eficiencia energética en la edificación, en los cuales se profundiza en el manejo de los programas de cálculo existentes para llevar a cabo esta certificación, así como en el procedimiento de registro de estos certificados.

lunes, 22 de abril de 2013

Aprobado el modelo oficial de etiqueta de eficiencia energética de edificios

Fuente: WebNormas
El pasado sábado 13 se publicó en el BOE el nuevo Real Decreto 235/2013 que regula la certificación de la eficiencia energética de los edificios, exigible para los contratos de compraventa o arrendamiento superior a 4 meses a partir del 1 de junio de 2013. Ahora el Ministerio facilita en su página web el modelo de etiqueta energética que se utilizará en España.
La obtención del certificado de eficiencia energética otorga el derecho de utilización, durante el periodo de validez del mismo, de la etiqueta de eficiencia energética.
La etiqueta se incluirá en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del edificio. Deberá figurar siempre en la etiqueta, de forma clara e inequívoca, si se refiere al certificado de eficiencia energética del proyecto o al del edificio terminado.
¿QUÉ EDIFICIOS ESTÁN OBLIGADOS A EXHIBIR LA ETIQUETA?
Tendrán obligación de exhibir la etiqueta de eficiencia energética en edificios en lugar destacado y bien visible: 

  • los edificios de titularidad privada que sean frecuentados habitualmente por el público, con una superficie útil total superior a 500 m2 (siempre que les sea exigible su obtención).

  • los edificios o partes de los mismos ocupados por las autoridades públicas y que sean frecuentados habitualmente por el público, con una superficie útil total superior a 250 m2.
En el resto de los casos la exhibición pública de la etiqueta de eficiencia energética será voluntaria, y de acuerdo con lo que establezca el órgano competente de la Comunidad Autónoma. 

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